En cumplimiento de lo previsto en el artículo 33.9 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y el artículo 5.4 del Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, y según la información recogida en el artículo 12 de la Circular 1/2021, de 20 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, adjuntamos a continuación la información relativa a la capacidad de acceso disponible en la red que opera AgriEnergia Eléctrica en data 01-09-2023: